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IMPULSA ALDF MEJORAS EN SERVICIOS DE SALUD EN CENTROS DE RECLUSIÓN FEMENILES



26 de Octubre de 2011

Boletín # 769

Para subsanar las deficiencias en los servicios de salud de los centros de reclusión femeniles del Distrito Federal, la Comisión de Salud y Asistencia Social aprobó reformar los artículos 98 y 99 de la Ley de Salud local.

El dictamen señala que desde 2009 la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal ha denunciado diversas quejas relacionadas con agravios a la salud de mujeres en reclusión, entre las que destacan las negativas de traslado a la unidad médica, de atención, acceso a medicamentos, trasladar pacientes a hospitales externos, atención deficiente, malas prácticas médicas o negligencia, entre otros.

Por lo anterior, los legisladores acordaron dar atribuciones a la Secretaría de Salud para elaborar programas de salud sexual y salud reproductiva, desde la perspectiva de género, para garantizar la atención integral a la salud de las internas.

Los programas de salud al interior de los centros femeniles de reclusión y readaptación femeniles deberán prever estudios de detección de enfermedades y atención de cáncer de mama y cervicouterino, así como de VIH/SIDA para quienes lo soliciten, además de emprender campañas de medicina preventiva en materia de salud sexual y reproductiva, involucrando a hijas e hijos.

La presidenta de la comisión, Maricela Contreras Julián, resaltó la necesidad de instalar en módulos en los reclusorios para facilitar el acceso oportuno a métodos anticonceptivos, anticoncepción e interrupción legal del embarazo, además de programas para prevenir y atender problemas derivados por el consumo de sustancias psicoactivas.

Asimismo plantean que en los traslados de reclusas a algún centro hospitalario que determine el gobierno, se prevea el acompañamiento de personal médico calificado.

En otro tema, aprobaron que al elaborar y difundir información y recomendaciones de hábitos alimenticios correctos, a través de un programa de semáforo nutricional que incluya una campaña permanente en centros de abasto, restaurantes, establecimientos mercantiles de venta de alimentos y similares y mercados públicos.



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