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IMPULSA PVEM CÁRCEL PARA QUIEN COPIE, DESTRUYA O MODIFIQUE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL GDF

IMPULSA PVEM CÁRCEL PARA QUIEN COPIE, DESTRUYA O MODIFIQUE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL GDF

10 de Diciembre de 2010

Con el fin evitar que operaciones ilícitas a través de Internet destruyan y dañen ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet, el diputado Raúl Nava Vega, coordinador del Partido Verde Ecologista de México, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentó una iniciativa de reformas y adiciones al Código Penal del Distrito Federal para sancionar a quien cometa algún delito informativo.

El legislador explicó que hay diferentes categorías que definen un delito informático que pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, extorsión, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados.

Actualmente, dijo este tipo de conductas han aumentado significativamente, entre las que destacan son: el ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, borrado, dañado, alteración o supresión de data crédito e información, mal uso de artefactos, extorsión, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por hackers, violación de los derechos de autor, violación de información confidencial, entre otros.

Consideró importante tomar en cuenta el comportamiento legislativo en otros países que han impulsado un marco regulatorio en esta materia, entre estos se encuentra Alemania, Autria, Chile, Estados Unidos, Francia e Italia, algunos se enfocaron a proteger el derecho a la privacidad y a la propiedad intelectual, sobre la disposición de informaciones y el mal de ella; otros protegen el patrimonio de las personas afectadas como en los fraudes informáticos.

A nivel Latinoamérica la Internet no ha sido regulada de forma expresa su uso gira en torno a un código ético y de autorregulación, sin embargo debido al crecimiento en cuanto al uso de la computadora y de esta red en el Distrito Federal hace falta un marco jurídico más eficiente y claro para tratar de regular las incidencias delictivas.

Nava Vega señaló que en algunos estados como por ejemplo: Aguascalientes, Baja California, Chiapas, Colima, Morelos, Oaxaca, Puebla, Sinaloa, Querétaro, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas, ya existe una regulación por delitos informáticos, a través del Código Penal de cada entidad.

De acuerdo con esas experiencias, el legislador presentó una iniciativa que modifica la denominación de dos títulos del Código Penal del DF para introducir claramente los delitos informativos y se da vigencia al artículo 212 que actualmente se encuentra derogado y se adicionan los artículos “212 bis 1”, “212 bis 2” y “212 bis 3”.

Con ella, se pretende incluir como delito informático cuando sin autorización se modifique, destruya o provoque pérdida de información de los sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, por lo que se le podrán imponer de seis meses a dos años de prisión y de 100 a 300 días multa.

La iniciativa promueve de tres meses a un año de prisión y de 50 a 150 días de multa a quien sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad.

Explicó que las sanciones aumentarán de dos a 6 años de prisión y de 200 a 600 días multa si alguien comete ese delito pero en los sistemas y equipos del Gobierno del Distrito Federal. Asimismo, a quien copie o conozca información de estos sistemas serán sancionados de uno a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días multa.
Mencionó que se contemplan sanciones de cuatro a 8 años y de 300 a 900 días multa para quien estando autorizado para acceder a sistemas y equipos de informática del GDF, modifique, destruya o provoque pérdida de información indebidamente. Pero cuando sólo copie indebidamente información se le impondrán sanciones uno a cuatro años de prisión y de 150 a 400 días de multa.

Finalmente, apuntó que serán aún mayores si la información protegida pertenece al almacenamiento informático de seguridad pública, pues se sancionará de cinco a 10 años de prisión y multa de 500 a mil días de salario mínimo, pero si el responsable es o formó parte de una institución de seguridad pública, se le destituirá e inhabilitará de cuatro a 10 años para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública.