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Impulsan reformas a la Ley de Fiscalización Superior de la CDMX

Impulsan reformas a la Ley de Fiscalización Superior de la CDMX

17 de Noviembre de 2016

· Emite la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior en la ALDF opiniones sobre diversas iniciativas y puntos de acuerdo


La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), que preside el diputado Iván Texta Solís, emitió hoy opiniones sobre diferentes iniciativas y puntos de acuerdo; entre ellas, la procedencia para avanzar en la modificación de la Ley de Fiscalización Superior de la CDMX.

Sobre la propuesta de reforma al artículo 52 de dicha normatividad, presentada por la diputada Elena Segura Trejo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), la Comisión estableció que en lo relativo a incorporar las diversas vertientes de revisión de la Cuenta Pública, es pertinente la adecuación de la iniciativa, toda vez que genera mayor certeza sobre el actuar de la Auditoría Superior de la Ciudad de México y mejora la comprensión del artículo.

En lo referente a las facultades de realizar auditorías en tiempo real o sobre ejercicios anteriores, la opinión hace énfasis en que, derivado de denuncias, la Auditoría Superior de la Federación, previa autorización de su titular, podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores.

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Asamblea Legislativa recordaron que la Auditoría Superior de la Federación podrá fiscalizar la gestión financiera correspondiente al ejercicio fiscal en curso o respecto a años anteriores.

Por lo que respecta a las auditorías a ejercicios anteriores o al ejercicio fiscal en curso, ambas están limitadas a la presentación de una denuncia plenamente fundada, misma que será valorada su procedencia mediante la emisión de un dictamen técnico.

En este sentido, sobre el artículo 52 de la Ley de Fiscalización de la Auditoría Superior de la CDMX, las y los legisladores establecieron que solamente sería procedente mediante la inclusión de los requisitos de denuncia previa y fundada; así como la emisión de un dictamen técnico, de conformidad con la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.

Por otra parte, la Comisión opinó que es procedente el punto de acuerdo mediante el cual se solicitó a diversas autoridades a realizar auditoría de los recursos federales ejercidos por la entonces Jefa Delegacional de Tlalpan, Maricela Contreras Julián, presentado por los diputados Luis Alberto Chávez García e Iván Texta Solís, ambos del PRD.

El objeto del punto de acuerdo es auditar los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Local asignados a la Delegación Tlalpan durante el ejercicio 2015, por considerarse que no han sido concluidos las acciones por parte de la actual Delegada Claudia Sheinbaum Pardo.

Dentro de los alcances de tal auditoría se encuentra el verificar que los beneficiarios de programas sociales, apoyos y ayudas con cargo al rubro sujeto a revisión, hayan cumplido los requisitos establecidos y recibido efectivamente la ayuda o apoyo materia de la acción; y en su caso, que los bienes y servicios contratados, sean abatimiento del rezago social.

Asimismo se deberá verificar que se haya expedido y resguardado la documentación soporte comprobatoria del gasto por las acciones emprendidas del sujeto fiscalizado, y reúna los requisitos establecidos tanto en las reglas de operación de los programas, como en la normatividad aplicable; y en caso de subejercicios, se justifiquen las causas.

Finalmente, se consideró no procedente la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Ciudad de México audite la asignación presupuestal del ejercicio 2015 otorgada por la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México a los órganos político administrativos, presentada por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, del grupo parlamentario del Partido Morena.