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LEY GENERAL DE AGUAS DEBE CONTEMPLAR ESCRUTINIO DE LA SOCIEDAD CIVIL

LEY GENERAL DE AGUAS DEBE CONTEMPLAR ESCRUTINIO 
 DE LA SOCIEDAD CIVIL

16 de Marzo de 2015

Expertos y organizaciones de la sociedad civil deben ser partícipes en el diseño de una nueva Ley General de Aguas que respete y sea garante del derecho humano al agua y demás derechos involucrados, señaló el diputado de Movimiento Ciudadano, Óscar Moguel Ballado.

En ese sentido hizo un llamado al Congreso de la Unión para en el ámbito de sus facultades convoque a la sociedad civil a una mesa donde se discuta y diseñe una Ley General de Aguas con un enfoque social y cultural que deseche tintes comerciales.

Expresó que los elementos del derecho al agua deben ser adecuados a la dignidad, la vida y la salud humanas sin interpretaciones restrictivas con relación a cantidades volumétricas y tecnológicas.

Explicó que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) se requieren entre 50 y 100 litros por persona al día para cubrir la mayoría de las necesidades básicas y evitar la mayor parte de los problemas de salud y destacó que el acceso a 20- 25 litros por persona al día representa el mínimo y que esa cantidad suscita preocupaciones sanitarias porque no basta para cubrir las necesidades básicas de higiene y consumo.

Reveló que esas cantidades son indicativas que dependen de un contexto particular y pueden diferir de un grupo a otro en función del estado de salud, el trabajo, las condiciones climáticas y otros factores.

Citó el caso de las madres lactantes, las mujeres embarazadas y las personas que viven con el VIH-SIDA que necesariamente requieren de más de 50 a 100 litros por persona al día para conservar un estado de salud aceptable.

En ese sentido señaló que es necesario reconsiderar las asignaciones volumétricas del agua para casos especiales como los señalados y recordó que se deben respetar el abasto agua continúo y suficiente, su calidad, la accesibilidad sin distinción alguna de persona o grupos socialmente vulnerables.

Violaciones al derecho humano
Óscar Moguel hizo notar que en el dictamen de Ley General de Aguas, analizado y dictaminado en seis días –del 26 de febrero al 4 de marzo- sin importar la gran trascendencia para nuestro país, contiene violaciones al derecho humano al agua por diversos preceptos contenidos en el respectivo proyecto de Ley.

Mencionó el caso del artículo 49 que señala que “es obligación de las autoridades garantizar el derecho humano al agua en los asentamientos humanos”. Ello es incorrecto, precisó.

Argumentó que el derecho humano corresponde a las personas y no a los asentamientos humanos.

Otorgó la razón a las organizaciones sociales en ese sentido: “el concepto de asentamientos humanos implica una serie de condiciones en donde la dispersión territorial de muchas localidades rurales e indígenas hace que se puedan quedar fuera de tal definición”

También mostró que en el artículo 10, fracción XXXII, del proyecto de ley, se define el mínimo vital como “el volumen de agua para el personal y doméstico que se otorga con la periodicidad que permite al individuo cubrir sus necesidades básicas que corresponde a cincuenta litros diarios por persona”, sin embargo, aseveró, ello es contrario a la cantidad de 50- 100 litros que señala la Organización Mundial de la Salud.

Citó también el caso del artículo 24 que da atribuciones a nivel estatal y municipal, para estimular y fortalecer la “autosuficiencia financiera” de los prestadores de servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.

Esto, indudablemente, significa el aumento de las tarifas del servicio de agua, pues de esa manera se puede recuperar la inversión, afirmó.

Asimismo, agregó, el dictamen de ley no cumple con uno de los requisitos para la garantía del derecho humano al agua, que es la accesibilidad, en específico la económica, puesto que los elevados costos de las tarifas a los que podrían ascender, propiciarían que sectores desaventajados de nuestra población nacional sufrieran una muy importante restricción en el acceso al vital líquido.

Dijo que es preciso advertir que con esta ley el Estado Mexicano dejaría de cumplir una importante obligación señalada por el Comité del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que es la de implementar políticas adecuadas en materia de precios, como el suministro de agua a título gratuito o a bajo costo.

Según el Comité, continuó, “todos los pagos por servicios de suministro de agua deberán basarse en el principio de la equidad, a fin de asegurar que esos servicios, sean públicos o privados, estén al alcance de todos, incluidos los grupos socialmente desfavorecidos, añadió y precisó que la equidad exige que no recaiga en los hogares más pobres una carga desproporcionada de gastos de agua en comparación con los hogares más ricos”.

Moguel Ballado destacó que una ley con trascendencia nacional y de vital importancia para la sobrevivencia humana con dignidad no es posible que se dictamine sobre las rodillas en seis días.

Comentó que tan sólo los académicos, expertos y sociedad civil tardaron más de dos años en diseñar una ley ciudadana que entregaron a integrantes del Congreso de la Unión para que se considerara en el dictamen de Ley General de Aguas, misma que se presentó y no fue atendida.

Asimismo expresó que es incongruente que los gobiernos mexicanos firmen pactos internacionales y luego no los cumplan como son las directrices de la UNESCO, OMS y del Comité del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que son precisos en el tema del derecho humano al agua.