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SE MANIFIESTAN EN CONTRA DE DEROGAR ARTÍCULO 362

SE MANIFIESTAN EN CONTRA DE DEROGAR ARTÍCULO 362

21 de Diciembre de 2012

El grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no dará un cheque en blanco al vandalismo, por lo tanto, no convalidará la propuesta para derogar el Artículo 362 del Código Penal del DF, toda vez que si bien la libertad de expresión es una garantía, ésta debe ceñirse a los principios de orden y legalidad, afirmó el coordinador de la bancada, Federico Döring Casar.

En conferencia de prensa, acompañado de los diputados Laura Ballesteros Mancilla, Olivia Garza de los Santos, Santiago Taboada Cortina y Orlando Anaya González, abundó que por el contrario, Acción Nacional presentará una contrapropuesta orientada a fortalecer los preceptos de este artículo que la bancada del PRD en la ALDF pretende derogar por “quedar bien con determinados grupos afines”.

“Nosotros no vamos a convalidar la derogación del artículo 362 porque nos parece que es otorgar un cheque en blanco al vandalismo en la Ciudad de México, los ciudadanos no lo merecen, el doctor Mancera no merece que le generen una bomba de tiempo latente donde después no tenga herramientas jurídicas para poner orden cuando alguien se manifieste (violentamente) en contra de un precepto, idea o concepto”, aseveró el diputado Federico Döring.

Abundó que no basta estar en contra de algo, sino presentar propuestas, y en ese sentido Acción Nacional en la Asamblea Legislativa presentará las suyas para abrir el debate respecto al tema de las protestas violentas como la registrada el pasado 1º de diciembre en el marco de la toma de protesta ante el Congreso de la Unión del Presidente Enrique Peña Nieto.

Los diputados del PAN en la ALDF, reprocharon además que una propuesta que se dio a conocer en conferencia de prensa, el PRD la pretenda subir a tribuna este viernes violando la normatividad interna: “Es una verdadera pena que el día de ayer por la noche vemos listado un dictamen para reformar el artículo 362 relativo a la paz pública, cuando no existe tal dictamen, nunca fue sesionado en la Comisión de Procuración de Justicia”, denunció la diputada Olivia Garza de los Santos.

En su oportunidad, el diputado Orlando Anaya recordó que recientemente presentó una reforma la Ley de Responsabilidad Patrimonial del DF que tiene que ver con la obligatoriedad del gobierno para resarcir los daños que se generen en manifestaciones o disturbios. Por ello, consideró que derogar el artículo 362 afecta a la ciudadanía. “Esto también deja en vulnerabilidad al Jefe de Gobierno porque le está quitando instrumentos para actuar en cualquier hecho que ponga en riesgo la integridad de las personas”.

“Quiero comentar que derogar el artículo 362 atenta directamente contra el concepto de seguridad humano plasmado por supuesto en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, pero también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mucho se ha hablado de este tema como una agenda de respeto irrestricto a los derechos humanos, decirles que estos derechos tienen que ser respetados y nadie puede estar por encima de la ley”, apuntó la diputada Laura Ballesteros Mancilla.

“Por eso Acción Nacional hace una propuesta en concreto, porque creemos que los tipos penales tienen que ser precisos, tienen que ser claros, para que efectivamente no se hagan detenciones ilegales, consignaciones ilegales; pero sí que las personas responsables cumplan las penas, que sean penas muy concretas y que los tipos penales sean leyes que permitan actuar a la autoridad”, destacó el diputado Santiago Taboada Cortina.

En consecuencia, los legisladores de Acción Nacional en la ALDF, propondrán una serie de reformas al Código Penal y Ley de Cultura Cívica del DF, a fin de evitar que en manifestaciones se transgreda el orden público, se lesione a ciudadanos o se dañe el patrimonio de terceros. De dichas reformas destacan las siguientes:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 362 y 364, se adciona un segundo párrafo al artículo 362, del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 362. Se le impondrán de cinco a t30 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento; realice actos en contra de personas, cosas o servicios públicos que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad de las instituciones del Gobierno del Distrito Federal, menoscabar su autoridad o presionarla para que tome una determinación.

Cuando las acciones referidas en el párrafo anterior se cometan en contra de particulares o de bienes privados, la pena se incrementará en una tercera parte.

Las penas referidas en los párrafos anteriores se aumentarán en una tercera parte cuando el sujeto activo las cometa con el rostro cubierto parcial o totalmente.

Artículo 364.- Sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, se impondrá de 200 a 500 días de trabajo a favor de la comunidad, a quienes para hacer uso de un derecho, o pretextando su ejercicio o para que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria:

I. Amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación; o

II. Por medio de la violencia en contra de las personas, las cosas o servicios públicos o privados perturben el orden público.

A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les aplicará la pena de dos a cinco años de prisión y de 60 a 100 días multa.

Artículo segundo.- Se reforma la fracción V, del Artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 26.- …
I.- a IV.-…
V.- Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de las fachadas de inmuebles públicos o de los particulares, sin autorización expresa de éstos, estatuas, monumentos, postes, arbotantes, semáforos, parquímetros, buzones, tomas de agua, señalizaciones viales o de obras, puentes, pasos peatonales, plazas, parques, jardines, elementos de ornato, mobiliario urbano u otros bienes semejantes. El daño a que se refiere esta fracción será competencia del juez hasta el valor de veinte días de salario mínimo.