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MEJORA ALDF PROTECCIÓN DE PERSONAS CON ALGÚN TRASTORNO MENTAL DE VIOLENCIA FAMILIAR



28 de Abril de 2011

Boletín # 297

• El Pleno aprobó reformas al Código Penal del Distrito Federal


Con el fin de brindar un marco jurídico de protección a las víctimas de violencia familiar que padezcan algún trastorno mental, en el marco de respeto a los derechos humanos, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código Penal del Distrito Federal que endurece las penas por estos delitos.

La reforma adiciona dos párrafos al artículo 200 de la mencionada norma para aumentar en una mitad la pena que corresponda, cuando la víctima padezca algún trastorno mental diagnosticado, ya que el Código Penal no establece la existencia de “trastornos mentales crónicos”.

Se estima que la sanción prevista debe aumentarse en una mitad a la pena que corresponda para el delito de violencia familiar, con el fin de no establecer una medida desproporcional respecto de las que se prevén para este ilícito, que actualmente establecen sanciones de seis meses a seis años de prisión.

Se propone que el juzgador valore el tipo de rehabilitación o tratamiento médico al que estuviere sujeta la víctima para la imposición de las sanciones, y no dejar a las autoridades la discrecionalidad de justificar algún tipo de violencia, con el pretexto de que se trata de una prescripción médica.

Además, en ningún caso se justifica como tratamiento médico o rehabilitación la violencia hacia cualquier persona con algún trastorno mental.

Al presentar el dictamen en nombre de las comisiones unidas de Salud y Asistencia Social y de Administración y Procuración de Justicia, la diputada Maricela Contreras Julián explicó que en con estas modificaciones se establece una agravante en materia de violencia familiar contra personas que padezcan algún trastorno mental.

Agregó que la violencia familiar es definida por la Organización Mundial de la Salud como el uso intencional de fuerza física o poder, hecho o amenaza, contra uno mismo, otra persona, o contra un grupo o comunidad, que resulte o tenga una alta probabilidad de resultar en lesión, muerte o daño psicológico.

Si bien, en el Distrito Federal se ha avanzado en la prevención y atención de esta problemática, un aspecto que no ha recibido atención a nivel legislativo, es que existe un sector con padecimientos mentales que es víctima de dicha problemática.

Factores como el no ser en muchos casos autosuficientes, el no aportar al ingreso al hogar, no integrar una familia y ser dependiente de los padres o tutores, ocasiona en las personas con alguna discapacidad mental, angustia, estigma o aislamiento repercuten en su desarrollo emocional y agrava su condición, lo que lleva a que se les lleguen a limitar sus derechos fundamentales y en algunos casos se llegue hasta la violencia física y psicológica.

Al respecto, el Instituto Nacional de Salud Pública revela que, de acuerdo a datos de las instancias encargadas de la protección de los derechos de la infancia, el 14% de los niños maltratados padecía algún trastorno mental.

En ese contexto, la ONU ha alertado respecto a que las personas con alguna enfermedad mental son mayormente susceptibles a que sus Derechos Humanos no sean respetados, a sufrir mayor discriminación, así como a limitantes en la atención y el tratamiento médico.

Por lo que hace al Distrito Federal, el índice para los trastornos afectivos es de 9% en la población adulta entre los 18 y los 65 años de edad, con un 8% correspondiente a episodios depresivos mayores.

Además, los trastornos psiquiátricos tales como demencia, esquizofrenia, depresión, así como otras formas de enfermedad mental han ido en aumento, derivado de las transiciones demográficas, sociales y económicas, que ha vivido nuestro país en las últimas décadas.




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