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MODIFICAN CÓDIGO FISCAL RESPECTO A SUMINISTRO DE AGUA

MODIFICAN CÓDIGO FISCAL RESPECTO A SUMINISTRO DE AGUA

20 de Abril de 2011

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó diversas reformas al Código Fiscal relacionados con el suministro de agua potable, tales como la reclasificación de 158 manzanas; obligatoriedad de contar con medidores y se clarifican los casos de la suspensión o disminución del servicio doméstico y no doméstico.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Hacienda, Valentina Batres Guadarrama, sostuvo que entre los objetivos principales de las 17 iniciativas recibidas se encuentran otorgar a los usuarios en cuota fija con uso mixto, un subsidio de 20 por ciento menor al otorgado a los usuarios con uso doméstico.

En el caso de los usuarios domésticos con cuota fija ubicados en manzana alta, se aumenta el subsidio del 47 al 84 por ciento, y disminuye el pago de derechos por reconexión del suministro de agua potable.

Las reformas establecen la obligatoriedad de todos los usuarios de tener un medidor de agua, excepto aquellas colonias con suministro irregular; para los usuarios en servicio medido, ya sea uso doméstico o mixto, y sólo en el caso de que el medidor esté descompuesto o exista la imposibilidad de efectuar la lectura, se pagará el derecho conforme al cálculo que realice el Sistema de Aguas, tomando como base el consumo promedio del usuario correspondiente a los seis bimestres del ejercicio fiscal anterior.

Explicó que cuando exista restricción del servicio para usos domésticos y mixtos, contarán con el líquido indispensable para satisfacer las necesidades básicas de consumo diario de cada persona, mientras en el caso de usos no domésticos, sí les suspenderán totalmente el servicio de agua, hasta que no hayan cumplido con sus obligaciones.

La legisladora afirmó que las personas exentas de restricción del servicio de suministro de agua son los jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad y las madres jefas de familia, siempre y cuando sean propietarios del inmueble y éste tenga un valor catastral que no exceda de los 919 mil 179 pesos que marca la Ley de Aguas local.

Indicó que el Programa de Colocación de Medidores de Consumo de Agua estará a cargo del Sistema de Aguas de la Ciudad de México durante 2011 y 2012 y que el pago lo realizará el titular con cargo en la boleta bimestral en 18 bimestres.

Además se exenta del pago de los derechos por el suministro de agua a los usuarios en cuyo domicilio se encuentre instalado un comedor popular o comunitario de cualquiera de los Programas del Gobierno del Distrito Federal.

En cuanto al trámite de reclasificación de manzana explicó que se busca que cuando el solicitante pertenezca a una unidad habitacional de interés social, la Tesorería reclasifique automáticamente la toma en manzana popular o baja, según corresponda. También lo hará en todas las cuentas pertenecientes a la toma general, lo que beneficiará por igual a los condóminos.

Derivado de la solicitud vecinal, los legisladores aprobaron reclasificar en la categoría Baja a 158 manzanas de las delegaciones Iztapalapa, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero y Coyoacán.

Las modificaciones contienen cambios en ocho artículos del ordenamiento vigente, además de la adición de ocho transitorios, sumados al primero, que señala el turno del presente al Jefe de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.