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MODIFICAN DIPUTADOS LEY DE EDUCACIÓN DEL DF

MODIFICAN DIPUTADOS LEY DE EDUCACIÓN DEL DF

28 de Abril de 2015

A fin de generar conductas que protejan tanto la integridad física como la salud de menores, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Educación del Distrito Federal, misma que prevé modificaciones a diversos artículos.

Con 34 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno legislativo avaló la propuesta presentada por la Comisión de Educación, encabezada por la diputada Yuriri Ayala Zúñiga, en la que se establecen cinco modificaciones a la citada Ley.

El primer punto prevé una adición referente a educar y capacitar a los estudiantes con el propósito de prevenir, combatir y eliminar la trata de personas, para lo cual se adiciona el inciso h) al artículo 9° de la Ley de Educación del Distrito Federal, que establece incorporar dentro de los programas de la educación básica el aprendizaje y la incorporación práctica de la cultura de la denuncia para enfrentarse exitosamente contra los engaños que fomenta la trata de personas.

Se entiende por trata de personas al comercio de seres humanos, en donde se degrada el valor de una persona al compararla con una cosa o mercancía.

La segunda modificación consiste en proporcionar atribuciones a la Secretaría de Educación para establecer mecanismos de orientación vocacional tendientes a servir de guía a los estudiantes de educación media superior, así como para difundir información sobre la oferta de puestos de trabajo y nivel de ingreso para los graduados de las distintas carreras.

La legisladora destacó la necesidad de determinar desde temprana edad las competencias y encaminar a los estudiantes de acuerdo con sus intereses, aptitudes y demanda laboral para que al momento de elegir su profesión se realice con base en su elección y evitar con ello vivir frustrado por no ejercer una profesión que le permita desarrollarse en un ambiente de satisfacción laboral.

“Es pertinente establecer en la Ley de Educación atribuciones que establezcan mecanismos de orientación vocacional encaminados a alumnos desde el nivel secundaria en donde no solo contemple las demandas del mercado como un aspecto primordial en la elección de una carrera, sino cualquier persona que toma una decisión debe de considerar diferentes factores como habilidades, gustos, disponibilidad y futuro del proyecto personal y por ello requieren de información disponible y fidedigna para tomar la mejor decisión”, expresó.

La tercera modificación adiciona el artículo 51 en materia de salud integral, que establece que los jóvenes poseen rasgos que los diferencian con el resto de la población y los hace el sector más vulnerable en desarrollar actividades de riesgo. Por lo que surge la necesidad de fomentar acciones encaminadas a fortalecer sus conocimientos en áreas relacionadas con la educación para la salud y la prevención de riesgos.

Una cuarto cambio integra el fomento a la cultura de la legalidad que es la forma en que la sociedad conoce el derecho, se difunde y se acata; la aceptación de las leyes escritas siempre y cuando estas se apeguen a lo justo y legal, sin que haya ningún tipo de coerción para su aceptación.

La quinta y última modificación es la relativa a fomentar y promover la formación en materia de salud alimentaria y una adecuada alimentación; con ello se busca incrementar la adopción de conductas saludables en los niños y niñas sobre el consumo y elaboración de alimentos nutritivos que tengan como base la cocina tradicional mexicana, rescatando los valores culinarios que tiene el país a lo largo y ancho de su territorio, al mismo tiempo evitando el consumo de la comida chatarra.

“Ello con la finalidad de construir una cultura de salud en los niños, adolescentes y jóvenes mediante la corrección en el modo y tipo de alimentación, ya que es uno de los determinantes causales del deterioro alimentario que está ocasionando el sobrepeso y la obesidad infantil en nuestro país”, apuntó Ayala Zúñiga.