PIERDE D.F. EL 80 % DE ÁREAS VERDES EN UN SIGLO
28 de Septiembre de 2011
El diputado Carlos Augusto Morales López propuso reformar la Ley Ambiental de Distrito Federal, a efecto de mitigar la deforestación tan grave que vive la Ciudad de México, que ha generado la pérdida de más del 80 por ciento de las áreas verdes que existían en el siglo XIX. Desde la reforma del año 2000, no se han tenido avances y es necesario tomar medidas al respecto.
El legislador perredista aseveró que la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que en el Distrito Federal cada vez son menos las áreas verdes; el estudio precisó que en 1995 correspondían 2.5 metros cuadrados de área verde por persona y para el 2005 ya se encontraba en 0.5 metros cuadrados, datos que se cotejaron con estadísticas realizadas por las autoridades mexicanas. El parámetro indicado por la OMS es de 9 metros cuadrados por persona mínimo.
Agregó que la Dirección de Reforestación Urbana, Parques y Ciclovías, dependiente de la Secretaría del Medio Ambiente del D.F., estima que sin contar zonas de suelo de conservación, es decir, urbanas. La delegación Tláhuac sólo cuenta con 0.3 metros cuadrados de zonas arboladas por habitante, seguida de Cuauhtémoc con 2.6 e Iztapalapa con 2.6 metros cuadrados, lo que sobrepasa los estándares de la OMS; sólo Xochimilco con 9.7, Cuajimalpa con 17, Tlalpan con 18, Álvaro Obregón con 23.1 y Coyoacán con 24.1, cumplen con el estándar. Sin considerar que la mayoría de los espacios en donde se encuentran las zonas arboladas están alejados de las zonas urbanas, lo que agrava el problema.
Morales López recordó que en enero del 2000, se publicó la Ley Ambiental del Distrito Federal, donde por primera ocasión se limitó la poda y tala de árboles, estableciendo una serie de requisitos necesarios para que una persona física o moral realizara una tala, trasplante o poda; además, se consideró la restitución con una especie arbórea para el caso de las talas. Esta reforma significaba que ya no se permitía que un particular pudiera talar un árbol sin autorización, lo cual se hacía de manera desmedida.
Sin embargo, las estadísticas muestran que cada día son menos árboles, lo cual pone de entredicho si efectivamente la ley está cumpliendo con su objetivo de controlar los derribos de árboles y aumentar la cantidad de especies sembradas.
La Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, propuso el 11 de septiembre de 2003, que se generara el Inventario de Áreas Verdes en el Distrito Federal, para conocer el panorama actual de las especies arbóreas existentes en el ésta ciudad, su estado y cuáles eran las especies con de mayor resistencia, a fin de que se tomaran acciones concretas de reforestación de manera inteligente.
Lamentablemente, señaló Morales López, la propia Secretaría destacó en su informe anual de 2004, que existían inconvenientes con el inventario, toda vez que las delegaciones no habían remitido el mismo. Hoy en día no existe tal inventario, es decir, no se sabe qué árboles tiene el D.F., la cantidad de talas que se autorizan y los árboles que se restituyen.
En teoría dijo, debería haber más áreas verdes, toda vez que por cada tala que realice una persona, se deberá restituir uno de dicha especie con otras similares salvo que la especie a derribar sea de alto riesgo para la integridad personal o en su patrimonio, lo cual, no genera restitución alguna.
El procedimiento resarcitorio resulta ser insuficiente ya que es sabido que la mayoría de los árboles que se plantan sólo un pequeño porcentaje sobrevive; esto lo corrobora el propio Gobierno Federal, ya que la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), destacó en 2010 que de los 250 millones de árboles que en el 2009 se sembraron, se estima que únicamente 10 por ciento, 25 millones de especies, lograron sobrevivir y llegar a una edad adulta, destacando que con esas cifras el costo por cada especie es de 260 pesos.
Debido a lo anterior, se propone reformar la Ley Ambiental de Distrito Federal. En primer lugar el artículo 118, para el caso de los derribos de árboles que causen daño a la infraestructura urbana, a las personas o a sus propiedades, se emitan dos dictámenes, uno del Dictaminador acreditado por la Secretaría del Medio Ambiente y el segundo por personal de Protección Civil de la Delegación correspondiente, para que especifique las causas del derribo, disminuyendo el margen de error que pudiera motivar incluso, actos de corrupción en los que pudiera incurrir algún dictaminador.
La segunda modificación estriba en adicionar un párrafo al citado artículo en donde las personas que aspiren a ser dictaminadores técnicos para autorizar las talas, deberán tener perfil académico, con licenciatura en Biología, Ingeniería Forestal, Ingeniero agrónomo, o afín y de no ser así, deberá contar con bachillerato técnico en Biología, Agronomía o de carácter ecológico, además de acreditar más tres años de experiencia en el manejo de arbolado urbano, ya que necesario que dicha función este a cargo de personas expertas en la materia, para evitar derribos arbitrarios.
El presidente de la Comisión de Desarrollo Metropolitano indicó que el anterior panorama, destaca que en materia de áreas verdes ésta siendo rebasado por la urbanización, además este es un fenómeno que no sólo es característico del Distrito Federal, sino de toda la zona metropolitana del Valle de México, ya que los municipios aledaños están sustituyendo las áreas verdes por construcciones privadas o la instauración de vías públicas.