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PLANTEAN SE ASIGNE INMUEBLE A INSTITUTO CONTRA ADICCIONES

PLANTEAN SE ASIGNE INMUEBLE A INSTITUTO CONTRA ADICCIONES

01 de Febrero de 2012

A fin de que se puedan instalar las oficinas administrativas del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA), la Diputación Permanente exhortó al Jefe de Gobierno a emitir un acuerdo para que se le adjudique un inmueble declarado en extinción de dominio.

En su punto de acuerdo, el diputado Horacio Martínez Meza señala que el inmueble declarado en extinción de dominio, anteriormente propiedad de la Unidad Médica Zaragoza SA, se adjudique a este instituto para atender sus tareas de rehabilitación.

Recordó que en el inmueble que albergaba al hospital Central de Oriente, el 25 de octubre de 2008 se descubrió tráfico de personas, por lo que se aplicó la Ley de Extinción de Dominio.

Por ello, el legislador pidió que se adjudique al IAPA para que atienda a las personas con problemas por el uso, abuso y dependencia de sustancias psicoactivas.

En otro punto, los diputados solicitaron al IAPA información sobre el monitoreo, supervisión y verificación de los establecimiento especializados en adicciones del Distrito Federal.

En el punto suscrito por los diputados Horacio Martínez Meza y Guillermo Sánchez Torres se pide copia actualizada del padrón de los establecimientos y que se especifique el número total de los registrados por el IAPA, a partir del 30 de noviembre pasado, así como los que están en trámite.

También solicitaron especificar el significado de las categorías asignadas a los establecimientos y las razones por las que en algunos casos se asigna más de una.

Además se pide copia del documento que acreditan a estos establecimientos como registrados por el IAPA, y sobre las categorías de “verificado”, o “registrado ante el IAPA” y las diferencias sobre éstas; nombre de cada uno de los “grupos” o centro de tratamiento; criterios de homologación de los servicios; resultados sobre la evaluación, mecanismos y lineamientos del Instituto para los reportes trimestrales.

Entre otros requerimientos, también piden información sobre la fecha, nombre y curriculum vitae del personal verificador, así como el acta o resultado de la verificación realizada al Centro Casa Lois, ubicado en la calle Juan Moreno Mz 1 No 12, colonia Consejo Agrarista Mexicano, delegación Iztapalapa.

Asimismo solicitan los motivos específicos, el presupuesto devengado, los nombres de los centros y las características técnicas de los equipos de cómputo que recibieron los representantes de Centros de Ayuda Mutua por el IAPA. Además de notificar qué otros apoyos materiales han recibido y si también son y serán entregados a los centros que registra el instituto.

La denuncia de una joven que recibía tratamiento en un centro de atención contra las adicciones denominado Casa Lois, permitió detener y consignar a tres presuntos responsables, señalados de infringir maltratos y abuso sexual en contra de las internas de dicho centro.

En especial se solicita al IAPA, pueda informar sobre diversos tópicos relacionados al proceso de verificación que seguía el Centro Casa Lois, toda vez que dicho centro aparece como “verificado y en procedimiento administrativo de certificación” en el Padrón Preliminar de Centros de Atención en Adicciones, publicado en el portal de Internet del IAPA. Por lo anterior es urgente revisar los procedimientos que utiliza el IAPA para verificar y certificar este tipo de centros.

Desde el 28 de noviembre de 2010, el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, comenzó a entregar “registros” a los Centros o Establecimientos especializados en adicciones, asegurándose que dicha medida certifica que estos sitios brindan atención de calidad y apegada a los estándares de la NOM-028.

Bajo esta lógica, el Instituto tiene la ineludible responsabilidad de monitorear los establecimientos especializados en adicciones con el objetivo de verificar y supervisar que cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Distrito Federal, las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, la presente Ley y demás instrumentos jurídicos aplicables en la prestación de sus servicios.

El artículo 36 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas, establece que corresponde al IAPA definir las bases, medidas, lineamientos, objetivos, modalidades, métodos y estrategias que deben cumplir los establecimientos especializados en adicciones.

El diputado Horacio Martínez aseguró que es urgente revisar los procedimientos que siguen este tipo de centros, además de mantener una permanente regulación, supervisión y seguimiento de los establecimientos públicos y privados que se encargan de brindar tratamiento a las personas con consumo problemático de sustancias psicoactivas, ya que debido a la falta de regulación se comenten abusos, excesos, maltratos y delitos.