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PODRÁ SEDEREC OPINAR SOBRE PROGRAMAS DELEGACIONALES

PODRÁ SEDEREC OPINAR SOBRE PROGRAMAS DELEGACIONALES

13 de Mayo de 2013

El diputado Alejandro Piña Medina anunció que la Comisión de Administración Pública Local sesionará para presentar el proyecto de dictamen referente a la iniciativa de reforma que busca otorgar a la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, la facultad de emitir opinión en la elaboración de los programas delegacionales y parciales de desarrollo urbano, así como modificaciones que se refieran, exclusivamente, al suelo de conservación, comunidades y pueblos rurales.

Actualmente, la atribución para elaborar y modificar estos programas corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Por lo cual, la Comisión coincide parcialmente con la iniciativa, en el sentido de normar la vinculación de esta Secretaría y la de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, toda vez que resulta de vital importancia proteger la sustentabilidad de la Ciudad de México.

No obstante, señaló el legislador local, se sugiere que la opinión de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades se apegue a lo establecido en la fracción II, del artículo 50 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, referente a la definición de suelo de conservación.

Cabe señalar que éste se encuentra constituido por 87 mil 204 hectáreas, las cuales representan poco más del 59 por ciento del área total del Distrito Federal, correspondiente a parte del territorio de las delegaciones: Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.

Por otra parte, Piña Medina anunció que Administración Pública Local sesionará con Fomento Económico, en Comisiones Unidas, a fin de abordar la iniciativa con proyecto de decreto, para reformar el artículo 10 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, a través de la cual se pretende que los titulares o empleados de sitios con giro de impacto zonal y vecinal sugieran a los usuarios que presenten un notorio estado de ebriedad, que no conduzcan, así como también impidan que los clientes salgan del lugar con bebidas alcohólicas, es decir eviten las llamadas “copas de retiro”.

Esta propuesta también señala que, en caso que así lo decidan, los consumidores podrán solicitar que se guarden la o las botellas que aún contengan producto, con un sello y nombre del propietario, para recuperarlas en los horarios hábiles que se indiquen, dentro de los diez días siguientes.

En este sentido, las Comisiones Unidas consideran que, si bien es importante realizar acciones tendientes a prevenir accidentes y disminuir el consumo de alcohol, la iniciativa es improcedente, ya que los mecanismos que se proponen no son los idóneos. Así, señalar, literalmente, que no se permitirá al usuario salir del establecimiento, implica, en el caso que éste no quiera dejar su bebida, sea retenido dentro del establecimiento, incluso contra su voluntad, lo cual viola lo dispuesto por el artículo 10 fracción IV de la misma Ley de Establecimientos Mercantiles.

Es decir, se obligaría al titular de establecimiento a llevar a cabo acciones que pueden constituir no sólo una falta administrativa, sino la posible comisión de un delito, al retener a alguien contra su voluntad. Además, la colocación de un “sello” con el nombre del cliente, no es una medida suficiente para garantizar que la bebida no sea adulterada, en tanto el usuario regresa a recuperarla.

Finalmente, Alejandro Piña, presidente de la Comisión de Administración Pública Local, aseguró que el término para recuperar la o las botellas es demasiado ambiguo y no queda explícito cuál sería el horario hábil. Aunado a ello, sí se considera que se proporciona un margen de 10 días para dicho fin, queda abierta la posibilidad de que los clientes regresen a beber alcohol, con lo cual se fomentaría el aumento de consumo y no su disminución.