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PODRÁN PEQUEÑOS NEGOCIOS DEL DF REGULARIZARSE

PODRÁN PEQUEÑOS NEGOCIOS DEL DF REGULARIZARSE

10 de Septiembre de 2013

El pasado viernes se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se Reforma el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que da luz verde para que dueños de establecimientos de bajo impacto puedan regularizarse, afirmó el Diputado Carlos Hernández Mirón, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Asamblea Legislativa.

En conferencia de prensa, señaló que en abril pasado se presentó ante el pleno de la ALDF, esta modificación a la Ley de Desarrollo Urbano, para que pequeños negocios como fondas, estéticas, consultorios, tiendas entre otros, ya no funcionen de manera irregular, declaró el Diputado Perredista.

Informó que en la Ciudad de México existen 342 mil 475 establecimientos, que corresponden a micro compañías comerciales, de servicios personales y manufactureros, los cuales generan el 25.6 por ciento de los empleos, además, comentó que el Análisis Estratégico para el Desarrollo de las PYMES del Distrito Federal reporta que el 75.2 por ciento de las microempresas en el Distrito Federal, son de carácter familiar, por lo que representan una fuente muy importante de empleo y de generación de ingresos para muchas familias en el Distrito Federal.

La Asamblea Legislativa, ha contribuido con reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, con el fin de simplificar los trámites para el establecimiento de este tipo de empresas, sobre todo tratándose de giros de bajo impacto. Estas pequeñas empresas continúan teniendo serios problemas para su operación, pues de acuerdo con el citado Análisis Estratégico para el Desarrollo de las PYME, más de dos terceras partes de las microempresas, tienen un periodo de vida que no rebasa los tres años.

Comentó que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en su artículo 42, simplificó el procedimiento para modificar el uso del suelo en predios particulares, para destinarlos al comercio, servicios de bajo impacto y a micro y pequeña industria.

Hernández Mirón añadió que para apoyar la regularización de micro y pequeñas empresas que ya se encuentran operando, pero que no cuentan con el uso de suelo correspondiente, el artículo Sexto Transitorio de la Ley, se publicó en los siguientes términos:

SEXTO. Con el propósito de fomentar y consolidar, la actividad económica de la Ciudad, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en coordinación con las Delegaciones emitirá, dentro de un plazo de 90 días posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, un programa de regularización del uso del suelo de establecimientos mercantiles de hasta 100 metros cuadrados de superficie construida, cuyos giros sean abasto y almacenamiento, venta de productos básicos y de especialidades, administración y asistencia social, y sean de bajo impacto urbano de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de esta Ley, para que cuenten con el certificado del uso del suelo correspondiente y previo pago por única ocasión, de un derecho por regularización equivalente a cinco días de salario mínimo.

Finalmente el legislador comentó que el programa de regularización en materia del uso del suelo, estará vigente durante dos años a partir del 6 de septiembre de 2013 y SEDUVI debe informar cada seis meses a la Asamblea Legislativa sobre los avances y el resultado final de la instrumentación del programa.