PRESENTARÁN INICIATIVA DE LEY DEL DERECHO
18 de Marzo de 2014
El Diputado Dr. Rodolfo Ondarza Rovira, Presidente de la Comisión de Salud de la ALDF, presentará ante el pleno de este órgano legislativo, la Iniciativa de Ley del Derecho Personal a las Voluntades Anticipadas del Distrito Federal, que tiene por objeto establecer y regular las normas, requisitos y formas de realización de la declaración de voluntades vitales anticipadas, respecto a la negativa del paciente a someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida.
En conferencia de prensa, el Diputado del PT señaló que está iniciativa vendría a derogar la ya existente, a fin de dar mayor certeza a los pacientes y trabajadores de la salud, sobre el derecho a decidir respecto a la continuación del tratamiento médico, principalmente en pacientes terminales.
La propuesta del Diputado Ondarza busca que la opción de la individual decisión y determinación a las “voluntades anticipadas”, (también conocida como testamento vital, directrices anticipadas o living will), sea aceptada tanto por el sistema de salud, como por los médicos, teniendo como condición, haber sido elaborada previamente, con pleno consentimiento, en forma libre, con conocimiento de la situación y haberse aceptado de forma preferencial, previamente a la condición de enfermo terminal.
En el caso de los derechos de los pacientes, no se trata tan sólo de los derechos consagrados a la salud, sino que se debe entender como derechos a una mejor calidad de vida, lo que en el caso del paciente terminal o aquel con discapacidades prolongadas, sólo se comprende si se evitan malestares, sufrimientos y dolor al paciente y a sus familiares, por lo que los médicos deben actuar con armonía con este precepto.
El Diputado Ondarza enfatizó que se trata de contar con un instrumento legal para la determinación de la voluntad anticipada, evitando la obstinación terapéutica, el ensañamiento o encarnizamiento terapéutico, el uso de recursos tecnocientíficos desproporcionados e innecesarios y la prolongación de la agonía, cuando se sabe con certeza que ya no hay posibilidades de curación ni de mejoría.
Esta norma prevé, como requisito de validez de la declaración, el que sea emita por escrito, con plena identificación de su autor y que sea inscriba en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de la Ciudad de México.
Para ello, la Ley establece la obligatoriedad de consulta al citado Registro para todo el personal responsable de la atención médica a una persona que se encuentre en una situación que le impida tomar decisiones por sí misma.
Con esta iniciativa se pretende humanizar y preservar la dignidad del paciente, en un ambiente en que se privilegien dos valores básicos: vida y libertad; con éste además, pretendemos evitar la confusión existente entre cualquier tipo de eutanasia y las decisiones personales de interrupción de tratamiento, con un respeto irrestricto a la autonomía del individuo.
La declaración de voluntades vitales anticipadas y su garantía de efectividad se constituyen, de esta forma, en una herramienta democrática muy importante, mediante la cual el Gobierno del Distrito Federal garantizará a todos los ciudadanos, en el ámbito territorial, la expresión efectiva del derecho a la autonomía personal. Derecho que esta Ley reconoce como prevalente ante cualquier otro criterio, siempre en el marco de los vigentes ordenamientos éticos y jurídicos.