SE PRONUNCIA GPPAN POR FIGURA DE ASEGURAMIENTO
26 de Abril de 2013
La diputada del Grupo Parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Olivia Garza de los Santos, consideró que derogar la figura del arraigo e implementar la de aseguramiento en materia judicial, significa un avance en cuanto al respeto a los derechos humanos de los indiciados, sin dejar de proteger a los habitantes de la ciudad en casos de delincuencia organizada.
Al concluir la sesión de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia en la que se aprobó el dictamen que conjuntó propuestas de los diputados Miriam Saldaña del PT, Jorge Gaviño de Nueva Alianza y del Jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera para derogar el arraigo, la legisladora puntualizó que esta nueva figura de aseguramiento no será instrumentada por el Ministerio Público.
“Simplemente cambia, antes en el arraigo la persona quedaba a disposición indefinida, digámoslo así, del Ministerio Público, hoy queda a disposición de lo que llamamos un juez de control, que aun cuando hoy todavía no hay jueces de control, porque todo esto es una nueva normatividad que viene implementándose en la reforma de 2008 en la materia federal, sí nos va ayudar para que no haya violaciones de derechos humanos”, señaló.
La también vicepresidenta de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, destacó que el PAN buscó que no quedara ningún resquicio legal en este cambio de arraigo por aseguramiento, pero tampoco que se derogara la Ley de Delincuencia Organizada como se proponía en una de las iniciativas que se dictaminaron.
“Eliminar la Ley de Delincuencia Organizada como estaba en el proyecto original, si vulneraría la seguridad de los capitalinos porque no queremos estar frente a actos de delincuencia organizada como los que hemos visto en estados del norte, como Nuevo León o Tamaulipas, eso no queremos para el Distrito Federal”, concluyó.
El dictamen establece que la petición de aseguramiento deberá realizarse por el Ministerio Público dentro de las 48 horas del periodo de la averiguación previa del indiciado, si se considera que existen datos que hagan posible el hecho ilícito y la probable responsabilidad, y que se trate de un delito considerado grave.
Asimismo, el juez penal en un plazo máximo de cuatro horas, si lo considera procedente, ordenará un aseguramiento hasta por cinco días, prorrogables por cinco días más en el domicilio del imputado. En caso de que no cuente con domicilio o se niegue a proporcionarlo, el juez determinará tiempo, forma y lugar donde se efectuará el aseguramiento.