Propone dip. Leonel Luna reformas para prevenir y endurecer penas por explotación laboral infantil
20 de Noviembre de 2016
- De forma preventiva, también se sancionará a quien induzca a menores a realizar actividades laborales sobre vías de circulación vehicular o se hagan acompañar de ellos para obtener ganancias
- Es responsabilidad del Estado velar por el bienestar y pleno desarrollo de los menores, Dip. Leonel Luna Estrada
- Presentó la iniciativa ante el Pleno de la Asamblea Legislativa
La explotación laboral infantil es un problema que afecta al pleno desarrollo de los menores para un mejor futuro, por lo que el diputado perredista Leonel Luna Estrada propuso una reforma al Código Penal del Distrito Federal, con el fin de endurecer las penas a quien o quienes incurran en estos actos.
Como parte de una estrategia para impulsar un Protocolo Específico para prevenir y erradicar la explotación laboral de niños, niñas y adolescentes en nuestra Ciudad, el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD en la ALDF, consideró conveniente y urgente redoblar esfuerzos en este tipo de acciones.
La propuesta de reforma implica aumentar la sanción actual de 2 a 6 años a una pena de 4 a 10 años, con lo cual la persona no podrá obtener el beneficio de la libertad provisional bajo caución como ocurre actualmente.
La reforma incluye la eliminación del requisito relativo a la voluntad del menor a entregar el producto del trabajo para el caso de menores de 16 años.
De igual forma, se contempla eliminar dentro del tipo penal, contemplado en el artículo 190 bis del Código Penal, el condicionamiento a no perseguir penalmente la explotación infantil si existe conformidad de las presuntas víctimas para la entrega parcial o total del recurso económico obtenido. Esta posible aceptación puede tener su origen en el temor a agresiones o abandono de los adultos que inducen o promueven la conducta.
Se entiende por explotación laboral, la acción de despojar o retener, todo o en parte, el producto del trabajo, contra la voluntad de quien lo labora.
Las víctimas, en muchas ocasiones, no comprenden las consecuencias y el riesgo que representa para su integridad física o su vida la realización de conductas distintas al simple cruce peatonal sobre cualquiera de las vialidades de nuestra gran Ciudad.
Como medida preventiva, también se proponer reformar el artículo 23 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, para sancionar a quienes con grado de parentesco, tutoría o simple cercanía con menores de edad les induzcan, promuevan, permitan u obliguen a estos a realizar actividades laborales sobre vías de circulación vehicular.
También se sancionará a quienes se hagan acompañar de ellos para realizarlas de forma directa a efecto de obtener ganancias a costa del riesgo para la salud, la integridad física y la vida de los infantes y adolescentes de nuestra Ciudad.
Recordó el caso de la niña Patricia “N”, de seis años, quien lamentablemente perdió la vida a consecuencia de las lesiones que le ocasionó un vehículo que la atropelló sobre la calle de Nuevo León, en la colonia Hipódromo Condesa, en la delegación Cuauhtémoc, mientras realizaba malabares con su hermana de 10 años.
“No obstante los grandes avances realizados en materia de derechos humanos, es una realidad que existen circunstancias de vulnerabilidad a las que ciertos sectores de la población están todavía sometidos”, expresó el diputado Luna Estrada.
Según cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social federal, en todo el país trabajan 2 millones 475 mil 989 menores.
La población infantil en México es de 29.4 millones de niños, por lo que el sector que trabaja representa el 8.4 por ciento, según cifras de 2015.
Para el periodo 2011-2012, el Instituto de Asistencia e Integración Social contabilizó a 4 mil 14 personas en situación de calle en la Ciudad de México, de los cuales, se estima que poco menos del 10% son menores de 18 años.