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Propone PAN un plan emergente que proteja a víctimas del secuestro

Propone PAN un plan emergente que proteja a víctimas del secuestro

06 de Junio de 2017

- Diputado velará por impulsar acciones necesarias para preservar su vida


Como un instrumento de apoyo a las víctimas del secuestro, el Presidente de la Comisión de Seguridad Pública en la ALDF, Gonzalo Espina Miranda, planteó mecanismos para brindar atención integral, que incluya, asistencia médica, psicológica, orientación, representación jurídica y la protección que requiera, considerando la situación psicosocial en que se encuentre.

“El derecho de la víctima o víctimas es estar informado en todo momento por la autoridad ejecutora de sanciones; además de conocer el resultado de haber aplicado un tratamiento de reinserción social al que haya sido sometido el sentenciado una vez que haya cumplido con su condena”.

El diputado del GPPAN expresó que de acuerdo al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública, el 75 por ciento de los secuestros denunciados se soluciona favorablemente para la víctima a través del pago de un rescate económico.

Derivado de la creación de la Constitución Política local, se hace necesario adecuar los ordenamientos jurídicos ya existentes y que rigen la vida pública de esta Ciudad.

En la actualidad cualquier persona es susceptible de sufrir un secuestro; son múltiples las afectaciones causadas a las víctimas directas e indirectas de este delito, por eso es imprescindible contar con una ley que les garantice la debida protección y reparación del daño.

Es importante señalar que en esta iniciativa que promueve el GPPAN, se establece el derecho que tienen las víctimas a que las autoridades, principalmente las de seguridad pública, realicen todas las acciones necesarias para preservar su vida, como principal objetivo de sus actuaciones así como la seguridad de su familia.

También debe garantizarse el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, la víctima directa o indirecta debe tener en todo momento la facultad de ejercer el derecho al ejercicio de la acción penal ante la autoridad judicial, cuando el Ministerio Público determine el no ejercicio de la acción penal se debe cuidar de la misma forma su derecho al acceso a la información vinculada con la investigación y la asesoría necesaria la cual será proporcionada por un experto.