PROPONE REFORMAS PARA REDUCIR EDAD PENAL EN EL DF
24 de Diciembre de 2012
El papel del Estado es preservar ante todo la seguridad de sus gobernados. El fenómeno de la delincuencia si bien en los efectos no ha cambiado, es decir en el daño que produce a la integridad de las personas, a la convivencia social, a su patrimonio, a su salud y desde luego a las instituciones, su forma de operar y de interactuar sí lo ha hecho.
Con sofisticadas formas de operación la delincuencia organizada a expandido sus ilícitas actividades y su ámbito de penetración no se circunscribe a la manipulación de personas mayores de 18 años, sino a menores a esa edad, incluso desde los 11 años, aseguró el diputado del PRI en la ALDF, Tonatiuh González Case.
El coordinador del PRI en la ALDF refirió que en la actualidad un alto porcentaje de los delitos que se cometen en la ciudad son perpretados por jóvenes cuyas edades oscilan entre 11 y 17 años, en la ejecución de robos con violencia, violación, secuestros y aseinatos, por lo que condiseró urgente y necesario aplicar medidas que terminen con ese fenómeno social.
En ese contexto subrayó que la iniciaiva de iniciativas de decreto al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos, que presentó ante el pleno de la ALDF, para quedar en 16 años como ámbito de validez de aplicación de la ley penal para los delitos de homicidio calificado, secuestro y violación, no implicaría modificación o disminución del tratamiento asistencial que se le debe proveer a los menores que se vean implicados en conductas antisociales, y mucho menos de la garantía del debido proceso penal, ni de otras garantías constitucionales.
Señaló que el criterio de la edad no puede ser sostenibles para, por un lado, obsequiar impunidad o una protección especial, y por otro no brindar todas las garantías a las víctimas de los delitos, para que la afectación o daño sufrido sea reparable.
Dijo que es necesario ofrecer un esquema de prevención de los delitos al poder dirigir las acciones del Estado a personas que son utilizadas por delincuentes mayores y a las que, de propia voluntad y conscientes de su falta, se intenten resguardar en el argumento de la edad penal, que no propiamente se refiere a la ignorancia del delito, porque muchos jóvenes en situación holgada o precaria cometen delitos en su búsqueda de la satisfacción personal.
El coordinador del PRI en la ALDF comentó que en algunos sistemas jurídicos del mundo existen tratamientos diferenciados para la determinación de la edad penal o imputabilidad de un menor, mismos que atienden no sólo criterios biológicos de desarrollo físico y mental, sino también la capacidad de culpabilidad del menor para conocer y entender las consecuencias de un delito determinado.
González Case detalló que con las reformas propuestas se adiciona un párrafo al artículo 18 constitucional para que en el caso de personas que tengan 16 años cumplidos y hayan participado o ejecutado el delito de narcotráfico, plagio, homicidio con premeditación, alevosía y ventaja o violación, serán considerados ciudadanos con derechos y obligaciones conforme a lo estipulado en el artículo 34 de este ordenamiento, y serán juzgados como mayores de edad.