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PROPONEN SUSTITUCIÓN DE VETO DE BOLSILLO POR INICIATIVA PREFERENTE

PROPONEN SUSTITUCIÓN DE VETO DE BOLSILLO POR INICIATIVA PREFERENTE

22 de Mayo de 2013

En conferencia de prensa la diputada del Grupo Parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Priscila Vera Hernández, dio a conocer la propuesta de adicionar al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal la figura jurídica de la Iniciativa Preferente del Jefe de Gobierno hacia la Asamblea Legislativa, y acotar o eliminar la figura legislativa de “veto de bolsillo”.

La legisladora panista explicó que la Iniciativa Preferente, es una práctica democrática en muchos lugares del mundo, la cual permitiría al Jefe de Gobierno del DF al día de apertura de cada periodo de sesiones presentar hasta a dos iniciativas para trámite preferente.

“¿Qué significaría esta Iniciativa Preferente?, bueno, que la Asamblea estaría obligada a dictaminar en el periodo en que corresponda. ¿Qué implicaría?, que le estamos dando una prioridad al Jefe de Gobierno de establecer la agenda, esto no conculcaría de ninguna manera las facultades que tiene la Asamblea para hacer las modificaciones, observaciones relativas al dictamen correspondiente”, puntualizó la asambleísta del GPPAN.

Las iniciativas que ameriten este trámite legislativo deberán ser resueltas en un plazo breve por los diputados de la ALDF, y de esta manera la ciudad podría contar con leyes de gran calado y evitar que las iniciativas del gobierno y de los diputados vayan a parar “al cajón el olvido”.

La segunda parte de la reforma va en el sentido de acotar o hasta cierto punto eliminar el denominado veto de bolsillo que se tiene por parte del ejecutivo, debido a que con esta figura que incluso no existe en la ley, se detiene el trabajo legislativo.

“¿Qué es lo que sucede?, pues simplemente que esta Asamblea Legislativa pueda aprobar reformas a leyes y el ejecutivo no tiene ningún plazo legal delimitado por ley para hacer la publicación correspondiente. El ejecutivo tiene un plazo para remitir las observaciones a esta asamblea pero, simplemente si no tiene observaciones pero tampoco tiene interés de que dicha norma cumpla el proceso parlamentario correspondiente a la publicación en la gaceta oficial, simplemente la ley no se publica, y aunque haya sido aprobada no entra en vigor”.

En consecuencia, la iniciativa propone que los decretos de ley aprobados por la ALDF y enviados para su publicación y promulgación al Jefe de Gobierno, una vez transcurrido el plazo de 10 días que tiene este para hacer observaciones y estas no han asido enviadas a la Asamblea, se dará por aceptado y deberá ser publicado dentro de los 10 días siguientes al fin del termino mencionado.

Priscila Vera aseguró que las figuras jurídicas que se presentan tienen como objetivo perfeccionar el proceso legislativo y con ello beneficiar a los ciudadanos en la expedición de leyes oportunas.