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REALIZA ALDF DIVERSAS MODIFICACIONES A LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES



12 de Diciembre de 2013

Boletín # 673

• Establece que acomodadores de autos cuenten con seguro de responsabilidad civil o fianza para garantizar seguro de usuarios
• Al realizar modificaciones a la Ley de Fomento Cultural del DF establecen creación de los consejos delegacionales para cumplan con el Programa Delegacional de Fomento y Desarrollo Cultural
• Con cambios a la Ley Orgánica de la Administración Pública del DF se otorga la atribución de opinar a la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades en relación con la elaboración de los programas delegacionales y parciales de desarrollo urbano

El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por unanimidad diversas reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal con la finalidad de que los acomodadores de autos cuenten con un seguro de responsabilidad civil o fianza que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudiera sufrir el vehículo o la de terceros.
También establece en el artículo 65 que se sancionará con el equivalente de 126 a 350 días de salario mínimo general vigente en el DF el incumplimiento de las obligaciones contempladas o el incurrir en las prohibiciones que señalan diversos artículos de esta norma.
Además, el dictamen establece que deberán entregar un recibo de prestación de servicios y el titular del establecimiento mercantil deberá tener a la vista de los usuarios los siguientes datos: nombre, domicilio y teléfonos de la compañía aseguradora contratada por el titular del negocio para el caso de un siniestro; en caso de incumplimiento se establece la suspensión temporal inmediata de las actividades.
Al fundamental el dictamen el diputado Adrián Michel Espino, a nombre de la Comisión de Administración Pública, aseveró que es necesario brindar seguridad y certeza jurídica a los ciudadanos que son usuarios de los acomodadores o valet parking, por ello, dijo que este tipo de empresas deben estar obligadas a contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo o en la de terceros.
Recordó que en la capital del país, en la última década ha habido un incremento en los giros comerciales dejando de lado la necesidad del consumidor sobre un lugar seguro donde estacionar su vehículo, ocasionado el aumento de la actividad comercial de los llamados acomodadores o valet parking.
El diputado aseguró que uno de los principales problemas con los que nos encontramos con los acomodadores o valet parking es que no se cuentan con inmuebles donde resguardar los vehículos de manera segura y ordenada.
Por otra parte, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas al artículo 33 de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal donde se establece que los consejos delegacionales serán el órgano asesor de los jefes delegacionales para dar cabal cumplimiento a la política cultural planteada en el Programa Delegacional de Fomento y Desarrollo Cultural.
Establece que los consejos delegacionales se deberán constituir dentro de los 45 días hábiles posteriores a que el Jefe Delegacional entrante tome posesión de su administración.
De la misma manera se deberá informar ante las instancias correspondientes sobre los integrantes de dichos consejos y en el caso de no constituirse dentro del plazo señalado, la Secretaría de Cultura, a través del Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural del Distrito Federal, convocará a su constitución en un plazo no mayor a 15 días hábiles después de vencido el plazo previsto en el párrafo anterior.
Por otra parte, el Pleno aprobó reformas a los artículos 23 quintus y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, que otorga la atribución de opinar a la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades en la elaboración de los programas delegacionales y parciales de desarrollo urbano, así como sus modificaciones que tengan que ver con suelo de conservación, comunidades y/o pueblos rurales.




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