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REFORMAN ARTÍCULO 362 DEL CÓDIGO PENAL DEL DF


REFORMAN ARTÍCULO 362 DEL CÓDIGO PENAL  DEL DF

26 de Diciembre de 2012

El Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó con 50 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones, reformas al Artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal en el que se especifica que se impondrá de dos a siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, a quienes, mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos que perturben la paz pública en contra de los bienes o servicios públicos.

El dictamen presentado por el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, diputado Antonio Padierna Luna, señala que con la disminución de la pena, se respetan los derechos humanos y los tratados internacionales en la materia a los que está suscrito nuestro país.

De igual manera se especifica que con la nueva redacción se establece la conducta para ese tipo penal en aras de dar certeza jurídica y hacer eficiente la administración e impartición de justicia en esta ciudad.

Cabe hacer mención que con las reformas se redujeron las sanciones por ataques a la paz pública, con lo cual la pena de cinco a 30 años de prisión baja a una pena de dos a siete años de cárcel.