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REFORMAN LEY DE FILMACIONES Y CULTURA DEL DF

REFORMAN LEY DE FILMACIONES Y CULTURA DEL DF

22 de Marzo de 2012

Para facilitar la realización de proyectos fílmicos y el fomento a la cultura en la ciudad, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó diversas reformas a la Ley de Filmaciones y a la Ley de Fomento a la Cultura del Distrito Federal.

El presidente de la Comisión de Cultura, Fernando Cuéllar Reyes, presentó los dictámenes ante el Pleno. En el caso de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal, explicó que se permitirá la filmación siempre y cuando no bloquee, total o parcialmente, las vías primarias y secundarias de tránsito vehicular. El permiso se otorgará a televisoras educativas y culturales de México y los registros en variedad de formatos audiovisuales para uso personal o turístico.

En caso de filmaciones en espacios públicos patrimoniales y/o donde existan monumentos históricos, se deberán acatar los lineamientos de protección vigentes, ya sean federales o locales.

Se añade que quienes requieran un permiso para estacionar un vehículo en la vía pública, éste no debe impedir parcial o totalmente el tránsito vehicular, debiendo asegurar la disponibilidad de los espacios de estacionamiento para dichos vehículos. De igual manera se establece que respecto de las violaciones de las disposiciones de tránsito, del patrimonio histórico, artístico o natural y de cultura cívica atribuibles a los productores o al personal a su cargo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos legales aplicables.

La Comisión de Filmaciones dejará sin efecto avisos y revocará permisos en caso de que éstos sean falsos, que el titular incumpla los términos y condiciones y cuando durante el periodo de prorroga se varíen las condiciones en que fue otorgado. En esos casos la Comisión de Filmaciones deberá ejecutar los procedimientos que determinen las autoridades competentes y podrá suspender la filmación con el apoyo de la Secretaría de Seguridad Pública.

En lo que respecta a la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal se agregó que el fomento y desarrollo cultural en la ciudad atenderá los principios rectores de vincular la cultura a la sustentabilidad, garantizando el desarrollo económico, la inclusión social, el cuidado del medio ambiente, la protección del patrimonio tangible e intangible y toda aportación relativa al bienestar social de la población.

Se añaden a las figuras con reconocimiento por la ley al Plan de Manejo y al Plan de Salvaguarda, ambos como instrumento de gestión para preservar el patrimonio cultural.

Las autoridades culturales deberán instruir y operar un Centro de Información del Patrimonio Cultural del Distrito Federal, encargado de elaborar un registro de patrimonio de la entidad, por medio del cual sea posible valorar, preservar y difundir la riqueza cultural del Distrito Federal.

Dicho centro deberá promover el conocimiento de las diferentes expresiones de la cultura, así como preservar, promover, desarrollar y difundir las tradiciones, costumbres, festividades y certámenes populares por ser de interés público. Dependerá de la Secretaría de Cultura y se encargará de elaborar un registro del Patrimonio Cultural del Distrito Federal, hará público el registro en forma digital, impresa y vía internet y también concentrará información sobre iniciativas de declaratoria de patrimonio cultural tangible e intangible.

Además de los catálogos de patrimonio cultural, expedientes y declaratorias incluidas, la legislación y reglamentación de salvaguarda del Patrimonio Cultural del Distrito Federal en los ámbitos, local, federal e internacional.

El padrón de asociaciones civiles, patronatos, fondos y fideicomisos creados con el objeto de contribuir a la salvaguarda del patrimonio cultural de la ciudad, los catálogos de los acervos históricos documentales y fotográficos del Distrito Federal.

Corresponde a las delegaciones proporcionar a las Casas de Cultura Delegacionales os recursos materiales y humanos suficientes para su óptimo funcionamiento, así como normar el uso adecuado de los espacios e instalaciones para ofrecer bienes y servicios culturales de calidad.

Al Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural del DF se le añade la atribución de autorizar, validar y ser informador sobre la integración, aplicación y actualización de los planes de manejo y planes de salvaguarda del patrimonio cultural tangible e intangible.

Sobre las declaratorias de patrimonio cultural tangible o intangible del Distrito Federal se establece que éstas obligarán al gobierno de la ciudad a fomentar de manera particular el bien cultural declarado. También que su decreto deberá contemplar la integración de planes de manejo y/o salvaguarda, cuyo seguimiento estará a cargo de la Secretaría de Cultura en coordinación con las autoridades delegacionales.