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REQUIEREN REFORMAR LEY DE RÉGIMEN PATRIMONIAL

REQUIEREN REFORMAR LEY DE RÉGIMEN PATRIMONIAL

11 de Abril de 2013

Con la finalidad de establecer mecanismos de transparencia en las adjudicaciones de los Permisos Administrativos Temporales Revocables (PATR) y que éstos sean otorgados mediante un concurso público, la diputada del Grupo Parlamentario del PAN en la Asamblea Legislativa del DF, Priscila Vera Hernández, presentó una iniciativa para reformar los Artículos 40 en su fracción VI, 105 y 108, y se incluye un Artículo 108 bis en la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Distrito Federal.

“La presente iniciativa propone que el otorgamiento de los Permisos Administrativos Temporales Revocables sea a través de un concurso público, permitiendo la participación de otros particulares interesados en el uso de un inmueble determinado y que se adjudique dicho permiso a la persona que reúna las mejores condiciones en cuanto a proyecto y contraprestación, independientemente de que es necesario que bajo un nuevo esquema se aumente la recaudación en este rubro”, señaló.

Recordó que en administraciones pasadas, cada espacio de la Ciudad de México fue otorgado a la iniciativa privada de manera discrecional a cambio de contraprestaciones muy bajas para colocar algún tipo de publicidad, fue así como el Gobierno del Distrito Federal cedió puentes, túneles, muros, casetas telefónicas, mobiliario urbano y predios en desuso, que actualmente son objeto de comercialización.

“Lo anterior se realizó bajo la figura de los Permisos Administrativos Temporales Revocables, acto administrativo de la administración pública local, con la cual genera una contraprestación pecuniaria o en especie a cambio del uso o goce temporal de inmuebles propiedad del Distrito Federal y que representa un mecanismo de recaudación“, afirmó Vera Hernández.

Finalmente, dijo que la problemática que genera este acto administrativo radica en que se otorga de forma discrecional y poco transparente a la persona que solicite esta concesión, ya que no permite que existan contrapropuestas para que el gobierno tenga opción en elegir un mejor proyecto, así como la contraprestación pecuniaria más redituable a cambio del uso y goce del inmueble permisionado.