RETOMAN LEY DE GESTACIÓN SUBROGADA EN DF
29 de Marzo de 2013
Legislar sobre la gestación subrogada implica atender legítimas aspiraciones de hombres y mujeres, ante la imposibilidad de tener descendencia por infertilidad, por lo que el diputado de Partido de la Revolución Democrática, Carlos Hernández Mirón, señaló que propuso la Iniciativa de Ley de Gestación Subrogada del Distrito Federal.
Asimismo, comentó que no regular esta práctica genera discriminación social de quienes no tienen la posibilidad económica para acceder a este tipo de procesos dentro y fuera del país y genera frustración de vida en quienes desean ejercer la maternidad y paternidad.
Hernández Mirón detalló que las técnicas de reproducción asistida surgen de dos patologías: La infertilidad y la Esterilidad, mismas que son de un problema de índole mundial, del que sin duda nuestro país no es ajeno. Además en México el 15 por ciento de los hombres y mujeres entre los 18 y 44 años de edad padecen de infertilidad y no hay una ley que regule las técnicas de reproducción asistida.
El legislador, indicó que esta Iniciativa fue retomada de la que fuera presentada por la entonces Diputada Local y Presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, Maricela Contreras Julián, así como los dictámenes que fueron elaborados por las Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y de Equidad y Género en la pasada Legislatura de la ALDF, incluyendo las observaciones realizadas por el Jefe de Gobierno.
Recordó y dijo que en este contexto de ideas, en la Legislatura pasada se iniciaron los trabajos, para la presentación de la iniciativa, el 4 de febrero de 2009 fue realizado el Foro "Maternidad Subrogada, Legislación Adecuada".
En el Distrito Federal se ha logrado incorporar en la legislación y en los marcos de política publica hacer accesibles y exigibles mayores derechos para la ciudadanía lo que ha permitido colocar a la Ciudad de México como un referente en el ámbito nacional e internacional, detalló Hernández Mirón.
Según la Organización Mundial de la Salud, los orígenes de infertilidad son de un 51.2 por ciento en el hombre y hasta un 40 por ciento en la mujer. El incremento de la infertilidad en la población hace que constituya un problema de salud pública, ante lo cual se han desarrollado avances tecnológicos que ayudan a las personas que tienen dificultades para reproducirse; el Instituto Valenciano de Infertilidad en México señala que más de 90 por ciento de los problemas relacionados con la infertilidad tiene solución mediante un tipo de tratamiento de reproducción asistida.
El perredista, sostuvo que el acceso a las técnicas de reproducción asistida por parte de las personas se enmarca en la definición sobre salud reproductiva adoptada por la Organización Mundial de la Salud, que a su vez fue recogida en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo y que se entiende de la siguiente manera
En ese contexto de los derechos reproductivos, se puede hablar del derecho a la reproducción como una expresión de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad, mismo que tiene como única limitante, al igual que los demás, el respeto y libertad de los derechos de terceras personas.
El diputado, dijo que en el Instrumento para la Gestación Subrogada se manifestará invariablemente lo siguiente, se otorga por todas las partes que intervienen sin fines de lucro, respetando la dignidad humana de las personas que sean parte de esta práctica y el interés superior del niño o niños que nazcan como consecuencia de la Gestación Subrogada.
La obligación de la persona o personas solicitantes de hacerse cargo de todos los gastos médicos que se generen a partir de la transferencia de embriones, hasta la total recuperación de la persona gestante certificada por el médico tratante, con independencia si se logra o no el nacimiento.
La aceptación de la persona gestante de que, una vez nacido el niño o niños, los lazos de filiación se generarán entre éste o éstos y la persona o personas solicitantes.
La obligación de la persona gestante de entregar, a la persona o personas solicitantes al o los niños después del nacimiento, y de éstos a recibirlo o recibirlos, debiendo establecer el plazo para su cumplimiento, finalizó.