TASA CERO A QUIEN HEREDE INMUEBLES: GPPAN
28 de Septiembre de 2014
Eliminar cargas fiscales a quienes heredan inmuebles y darles mayor garantía legal sobre los mismos, son entre los principales objetivos que plantea el GPPAN en la ALDF, modificando el artículo 115 del Código Fiscal del Distrito Federal, dado que los costos fiscales que implica lo anterior, dificultan que los inmuebles adquiridos por sucesiones testamentarias pasen de la aceptación a la adjudicación.
A nombre del diputado local Héctor Saúl Téllez Hernández, y presidente de la Comisión de Hacienda en la ALDF, la fracción panista pretende eficientar la regularización a propietarios de inmuebles heredados, para que ningún bien inmueble pague el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles cuando provenga de una sucesión testamentaria.
“Es pertinente precisar que la ciudad de México es la única que cobra este concepto en Impuestos sobre el Patrimonio, por lo tanto es necesario eliminarlo y así contribuir a que no se afecte el patrimonio de una persona”, explicó Héctor Saúl Téllez Hernández, al presentar la iniciativa para reformar el Código Fiscal del Distrito Federal.
Se trata, añadió, de ofrecer garantías legales a quienes han heredado algún inmueble y se han visto impedidos a regularizarlos, ya que de materializarse el contenido de los cambios que propone el legislador panista, se puede lograr la modernización al padrón fiscal e incrementar la recaudación de predial.
Entre otros beneficios, la propuesta del panista busca elevar las operaciones comerciales de compra-venta de inmuebles incrementando el impuesto sobre adquisición de inmuebles y también, dijo, se aumentarían los arrendamientos inmobiliarios, lo cual genera una actividad económica en el sector servicios de la ciudad.
El diputado Héctor Saúl Téllez habló de disminuir la carga tributaria para los ciudadanos “que por más de una generación no cuentan con escrituras en sus inmuebles”.
La voluntad de una persona al hacer un testamento, declaró Téllez Hernández, es dejar tranquilidad a sus familiares, transmitirles un patrimonio construido a través del esfuerzo; esta voluntad es desvirtuada cuando al heredero se le afecta en su patrimonio.
Actualmente en el Código Fiscal se prevé una tasa cero por ciento para quienes adquieran inmuebles por muerte con un valor hasta de 800 mil pesos al momento de la escrituración, sin embargo podemos apreciar que en cada uno de nuestros distritos existen casas de alto valor sin escrituras actualizadas, dado que los familiares no cuentan con los recursos para el pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.
Finalmente, el legislador puntualizó que “resulta incongruente cobrar un impuesto a quien hereda un inmueble cuando claramente no existe una adquisición por vía comercial o con ánimo de lucro”.