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TIENE DF NUEVA LEY DE ATENCIÓN PRIORITARIA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD EN EL DF



30 de Abril de 2013

Boletín # 321

Con la finalidad de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad, la Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en el Distrito Federal, propuesta del jefe de gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa.

También aprobaron la adición a una fracción IV al artículo 9 y se crea el artículo 29 bis de la Ley para la integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal

Con esta nueva ley, el gobierno de la ciudad asume el compromiso de garantizar a toda persona con discapacidad y en situación de vulnerabilidad el acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos, brindando protección e infraestructura de calidad y otorgando una atención prioritaria en la realización de trámites y prestación de servicios.

La ley beneficiará a los adultos mayores de 60 años, madres con hijas e hijos menores de 5 años, mujeres embarazadas, mujeres jefas de familia y a toda persona que padece temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales que le impiden realizar una actividad normal.

A fin de que las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad tengan la seguridad de la atención prioritaria al realizar un trámite y solicitud de servicios, se instalará una línea telefónica y una página de Internet en cada dependencia, órgano desconcentrado y entidad administrativa.

El dictamen establece que la Secretaría de Desarrollo Social será la encargada de expedir una credencial, la cual será intransferible y se entregará el mismo día en los módulos. Los requisitos para las mujeres jefas de familia, adultos mayores y personas con discapacidad son: identificación oficial, copia certificada del acta de nacimiento de los hijos, certificado médico de gravidez y constancia médica (en caso de tener una discapacidad).

La reforma al artículo 29 Bis señala que las autoridades competentes deberán proponer el establecimiento de acciones concretas y obligatorias para que todas las personas con discapacidad, temporal o permanente, gocen de facilidades como ser atendido de manera preferente

Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la diputada Karla Valeria Gómez Blancas resaltó que esta Ley tiene por objeto normar las medidas y acciones que garanticen a las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad, la atención prioritaria, ágil, pronta y expedita en los trámites y servicios que presta la administración pública.

Al razonar su voto, el diputado Jesús Sesma Suárez afirmó que la ALDF y el jefe de gobierno están velando por el más necesitado y están un paso adelante en materia de igualdad para dar atención prioritaria a los adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y mujeres con hijos menores de cinco años.


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