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TIPIFICAN COMO DELITO SUSTRAER, OCULTAR Y RETENER A UN MENOR O INCAPAZ EN EL DISTRITO FEDERAL



29 de Junio de 2010

Boletín # 673

Con el objetivo de proteger el interés superior de los menores de edad capitalinos, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por unanimidad tipificar como delito el hecho de sustraer, ocultar o retener a un menor o incapaz.

El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Julio César Moreno Rivera, precisó que con la reforma al Artículo 173 del Código Penal
se castigará con pena de uno a cinco años de prisión y de 100 a 500 días de multa al ascendiente, descendiente, cónyuge, pariente colateral o afin hasta el cuarto grado, que retenga, sustraiga u oculte a una menor o incapaz que no ejerza la patria potestad, tutela o que mediante resolución judicial no ejerza la guarda y custodia.

En el caso de que el sujeto devuelva espontáneamente al menor, dentro de las 24 horas siguientes, se impondrá una tercera parte de las sanciones señaladas; sin embargo, el padre o madre que sustraigan, retengan u oculten fuera del Distrito Federal o del territorio nacional al menor, y no tengan la guarda y custodia, se le aumentarán en una mitad las penas previstas, es decir, que el delito no alcanza fianza.

Los legisladores aprobaron equiparar al delito de retención, sustracción u ocultamiento de menor o incapaz, y sancionar con las mismas penas a la persona que mediante amenazas o engaños obtenga del padre o la madre que tiene la guarda y custodia del menor o incapaz, el consentimiento para trasladarlo con la finalidad de sustraerlo u ocultarlo dentro o fuera del territorio nacional.


Regula ALDF venta de alimentos no nutritivos

El Pleno aprobó reformar la fracción XXV del Artículo 13 de la Ley de Educación local, con la finalidad de regular la venta de alimentos en escuelas de educación básica, que afectan la salud de los niños y niñas.
El diputado Fernando Cuéllar señaló que la reforma incluye en la fracción XXV procurar que los alimentos tengan valor nutricional y eviten la obesidad infantil.

Resaltó que la obesidad infantil es un problema de salud pública a nivel nacional y que en zonas urbanas como la Ciudad de México este padecimiento alcanza hasta 45 por ciento de los infantes, lo que podría producir alteraciones ortopédicas, respiratorias, cutáneas y pancreatitis, además de diabetes, hipertensión arterial y alteraciones en los niveles de colesterol y triglicéridos.

Dijo que de acuerdo con la Secretaría de Salud local, los escolares consumen más del 10 por ciento de las recomendaciones de carbohidratos para su edad y que durante el horario escolar existen más de cinco oportunidades para el consumo de alimentos.

Armonizan disposiciones legales internacionales y locales

La Ley de los Derechos de las Niñas y los Niños se reformó para armonizar las disposiciones legales internacionales con las locales y regular la protección y defensa de los derechos de los menores, tales como no ser sometidos a castigos corporales, tratos crueles, inhumanos o degradantes en todos sus entornos, incluyendo el seno familiar, escuelas, instituciones de readaptación social o centros alternativos.

En el dictamen presentado por la diputada Patricia Razo Vázquez, se aprobó establecer como obligación de las autoridades salvaguardar el derecho de los niños a ser protegidos de injerencias arbitrarias de servidores públicos o particulares; es decir, evitarles toda forma de violación de su intimidad, de su vida privada, posesiones, familia, domicilio o correspondencia.

De tal manera que se velará porque se cumplan los derechos de los menores, realizar campañas de fomento y promoción de los derechos de la niñez, así como la aplicación de las leyes en la materia.


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