LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
ARTÍCULO 79.- La Asamblea contará, para su funcionamiento administrativo, con los Comités de:
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- De la Biblioteca “Francisco Zarco”;
REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.
Artículo 55.- Corresponde al “Comité de la Biblioteca Francisco Zarco”:
- Administrar la biblioteca de la Asamblea en los términos del propio reglamento de la Biblioteca;
- Mantener actualizadas y vigentes las colecciones bibliográficas de la Asamblea y otorgar las facilidades a los Diputados, autoridades y público en general para su consulta;
- Promover el estudio de los temas referentes al Distrito Federal y auspiciar la consulta bibliográfica de la población sobre dichos temas;
- Custodiar en la biblioteca la información que pongan a su disposición las demás comisiones para consulta pública;
- Impulsar que la Biblioteca de la Asamblea sea un espacio de producción de conocimientos sobre la ciudad y sus temas legislativos;
- Celebrar convenios interbibliotecarios con otros órganos legislativos e institucionales de educación superior y centros de investigación, y
- Difundir en el interior de la Asamblea el acervo con que cuenta la Biblioteca “Francisco Zarco”, así como las próximas adquisiciones.”